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Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP)

13/08/2020

Emergencia Sanitaria - Covid-19

El Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) correspondiente al mes de Julio 2020 incorporó los Créditos a Tasa Subsidiada, que estarán disponibles para aquellos empleadores inscriptos en el programa con una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30%.
Los Créditos a Tasa Subsidiada serán destinados a pagar los salarios, por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores.
Aquellas empresas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre los meses junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario.
A través de la Resolución General AFIP N° 4792 (B.O. 12/08/2020), se habilitó la posibilidad de acceder a los Créditos a Tasa Subsidiada para aquellos empleadores registrados en el Programa ATP. Los empleadores beneficiados recibirán una notificación informándoles que pueden iniciar el trámite para acceder al financiamiento. La solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada. Las empresas que cumplan con las condiciones de accesibilidad tienen tiempo para solicitarlo hasta el 18 de agosto, inclusive.
Características:
• La tasa de interés será fija y su nivel dependerá de la magnitud en la variación nominal de la facturación de cada empresa entre los meses de junio de 2020 y 2019:
Variación nominal interanual en la facturación Tasa de interés nominal anual (TNA)
del 0% al 10% 0%
más del 10% hasta el 20% 7,5%
más del 20% hasta el 30% 15%
• La normativa establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
• Los empleadores que resulten susceptibles de tramitar el beneficio serán caracterizados en el Sistema Registral, según la tasa de interés a la que accedan, con los siguientes códigos:
“466 – Crédito a Tasa Subsidiada del 0% TNA”
“467 – Crédito a Tasa Subsidiada del 7,5% TNA”
“468 – Crédito a Tasa Subsidiada del 15% TNA”
Dicha caracterización podrá ser consultada accediendo al servicio con clave fiscal al servicio “Sistema Registral” en la opción consulta/datos registrales/caracterizaciones.
• A fin de iniciar el trámite del Crédito a Tasa Subsidiada, los interesados deberán ingresar al servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, a fin de:
1. Conocer y aceptar el monto teórico máximo del crédito disponible
2. Indicar una dirección de correo electrónico
3. Seleccionar una entidad bancaria tramitar el crédito

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