• +54 341 482-3452 | 482-1001 | 482-0303
  • Balcarce 1765, Rosario, Santa Fe, Argentina.
  • contacto@cocir.org.ar

RESOLUCION 180/2020

01/12/2020

El 30 de Noviembre de 2020 comienza el Censo Nacional Económico dispuesto por la
Resolución 180/2020 del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)
El mismo se ejecutará durante los 6(seis) meses siguientes, estableciéndose que su
realización comprenderá el conjunto de actividades pre-censales, censales y post-censales.
El CENSO Nacional Económico comprenderá todas las actividades económicas productivas
de bienes y servicios, y toda otra actividad económica que por su envergadura se considere
de relevancia estadística.
Todas las unidades económicas que sean convocadas a participar del Censo Nacional
Económico quedan obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el
cuestionario, haciéndose saber que quieres no suministren en término, falseen u omitan la
información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo
establecido en el Artículo 15 de la Ley Nº 17.622
Procedimiento:
El Censo  constará de dos etapas:
Primera etapa
La primera etapa consiste en la realización de un registro estadístico digital destinado a todas
las unidades económicas con actividad en el territorio nacional.
Segunda etapa
Contempla un conjunto de encuestas estructurales económicas y encuestas sectoriales para
obtener información sobre producción e insumos desagregados por actividad y por producto,
canales y márgenes de distribución, entre otros datos relacionados a las sociedades no
financieras.
Cronograma de relevamiento:
Entre el 30 de noviembre de 2020 y el 17 de enero de 2021 se censarán las personas
jurídicas, de acuerdo con el último número de su Clave Única de Identificación Tributaria
(CUIT)
Entre el 1 de febrero de 2021 y el 9 de mayo de 2021 se realizará el Censo para personas
humanas y estará divido de la siguiente manera:
- Entre el 1 de febrero y el 14 de marzo de 2021 a personas registradas como autónomas.
- Entre el 29 de marzo y el 9 de mayo de 2021 a monotributistas.
Las personas serán convocadas en su domicilio fiscal electrónico y tendrán acceso a distintos
tutoriales
sobre cómo ingresar al sistema y cargar la información en forma rápida y segura.
Relevamiento:
El mismo se efectuará a través de un cuestionario digital desarrollado por el
INDEC, denominado e-CNE.
Información a suministrar:
El cuestionario solicitará:
- CUIT de acuerdo con la conformación de la unidad económica.
- Ubicación de la administración central.
- Localización geográfica de otras provincias.
- Descripción de la actividad principal.
- Descripción de bienes y servicios resultantes de la actividad principal.
- Descripción de materias primas y gastos directos.
- Facturación anual sin impuesto al valor agregado (IVA) – Año 2019
- Cantidad de personal ocupado al 31/12/2019
- Realización de actividades de investigación y desarrollo.
Empresas y Entidades sin fines de Lucro:
Para acceder a la aplicación, el administrador de relaciones de la empresa o entidad debe
adherirse al servicio o realizar la delegación de permisos correspondientes.
La adhesión al servicio se realiza desde el sitio web de la AFIP, ingresando al “Administrador
de Relaciones de Clave Fiscal”, seleccionar la CUIT de la empresa o entidad por la que se
responderá, buscar dentro del INDEC el servicio denominado “Censo Nacional Económico
(CNE) 2020/2021” y adherirse.
Luego, se puede ingresar al e-CNE desde el sitio web censoeconomico.indec.gob.ar o
a través del enlace que figure en el correo electrónico que reciba con la convocatoria.
Al ingresar el sitio web remitirá a la página de la AFIP para validar la identidad mediante al
CUIT y clave fiscal de la persona que se encuentra autorizada a responder en nombre de la
empresa o institución. El administrador elegirá la opción de la CUIT de la empresa o entidad
por la que responderá.
No es necesario completar todo el formulario en el mismo momento, ya que se encuentra
habilitada la opción de “guardar y continuar luego”.
Antes de confirmar y finalizar con el cuestionario, el sistema da acceso a un resumen para
revisar las respuestas y modificarlas en caso de ser necesario.
Una vez finalizado, se podrá descargar el formulario completo y se deberá descargar la
“certificación de cumplimiento censal de la empresa”, que les permitirá luego realizar trámites
administrativos y bancarios.
Obligatoriedad:
El artículo 4 de la resolución 180/2020 establece que todas las unidades económicas que
sean convocadas quedan obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el
cuestionario.
La sanción por incumplimiento será de multa.
Asimismo, el certificado de cumplimiento debe descargarse, ya que será necesaria su
presentación para la realización de trámites administrativos y bancarios.
Para consultar:
Para obtener más información sobre el Censo, se puede consultar la página web del INDEC
censoeconomico.indec.gob.ar o llamar al teléfono 0-800-CNE-2021.

COMPARTIR EN:
ENVIANOS UN WHATSAPP