COCIR consensuó normativas con el intendente Javkin
COCIR y la Municipalidad de Rosario establecieron pautas de referencia para el desarrollo de los contratos de locación destinados a vivienda urbana.
El acto se realizó en el Salón Carrasco de la Municipalidad y estuvieron presentes, por parte de COCIR, su presidenta Gabriela Ortíz de Urbina junto a toda la mesa directiva de la institución, y por el lado del gobierno local, el intendente Pablo Javkin, junto los secretarios de Gobierno, Sebastián Chale; de Desarrollo Humano y Habitat, Nicolás Gianelloni, y de Hacienda y Economía, Guido Boggiano.
También participaron de la reunión el presidente del Servicio Público de la Vivienda, Ignacio Noble, y el director del Centro Social de Alquileres (CASA), Gustavo Alvarez, entre otros
funcionarios municipales.
Las pautas establecidas buscan despejar la incertidumbre generada desde que fuera dejada sin efecto la anterior ley de Alquileres.
Tras la firma de la carta intención, Javkin señaló que el acuerdo "tiene que ver con las buenas prácticas, y con establecer un criterio para el asesoramiento y la cobertura de los derechos de las partes".
El intendente aseguró que a la par "consolida un vínculo institucional entre la Municipalidad y el Cocir.
El ordenamiento de la actividad inmobiliaria es un desafío de legalidad y de seguridad para quien compra o alquila y en nuestro caso para consolidar el vínculo con nuestro servicio de alquileres".
Por su parte, la presidenta de COCIR, Gabriela Ortiz de Urbina, explicó que el documento de buenas prácticas para realizar un contrato de locación "tiene diferentes puntos, pero uno de los más importantes es dar una muy buena publicación, es decir, hacer públicas las condiciones para realizar ese contrato de locación, especificando bien el plazo, el índice de actualización, y toda esa información de manera transparente para que toda la sociedad, y el vecino que vaya a contratar, sepa de antemano cuáles son las condiciones".
ALGUNAS DE LAS RECOMENDACIONES:
DOMICILIO ELECTRÓNICO: se aconseja constituir domicilio electrónico para el ejercicio de los derechos y obligaciones que emanan del contrato de locación. En dicho domicilio se tendrán por eficaces y válidas todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan por y para cada una de las partes contractuales.
INTERESES MORATORIOS: se aconseja -respecto de la tasa aplicable a los intereses que compensan la mora en el pago- la aplicación del último índice de precios al consumidor publicado por el Indec del mes inmediato anterior.
GASTOS ADMINISTRATIVOS: se aconseja fijar el importe de los gastos administrativos -que realice cada corredor inmobiliario matriculado ante el Cocir- en un importe que no supere en ningún caso el 3% (tres por ciento) más IVA –si correspondiere- del canon locativo mensual fijado para cada período particular (incluyendo impuestos y otros gastos que abonen al corredor inmobiliario y/o la inmobiliaria).
ACTUALIZACIÓN DEL CANON Y PERIODICIDAD: se aconseja fijar el precio del
alquiler como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual sólo pueden realizarse ajustes semestrales. A estos fines, se sugiere que los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), bajo la denominación ICL (Índice del Costo de Locaciones).
REPARACIONES y MANTENIMIENTO: se aconseja establecer expresa y específicamente
que aquellas reparaciones que respondan a la obligación genérica de mantener en condiciones al inmueble, siempre y cuando no se deban a la culpa del Locatario, corran por cuenta del Locador, quedando en el Locatario el resto de reparaciones que respondan a la conservación y el mero mantenimiento.
MEDIACIÓN ANTE COCIR: teniendo en cuenta las variadas situaciones que pueden presentarse a lo largo del contrato entre inquilinos y propietarios, es necesario establecer métodos prácticos, ágiles y amistosos, a fines de poder llegar a una rápida satisfacción de los intereses en pugna. En ese sentido, en la práctica diaria del rubro existen diferentes situaciones que, luego de varias intimaciones entre las partes, siguen sin llegar a un acuerdo y, en consecuencia, el litigio crece y se prolonga en el tiempo.
BUENAS PRÁCTICAS: en virtud de la experiencia
acumulada en los últimos años, el Cocir y el Centro de Asesoramiento Social de Alquileres (CASA), identifican que un alto porcentaje de consultas sobre alquileres se originan por conflictos que se suceden por malos entendidos o confusiones propias derivadas de información que no es trasladada a tiempo o que no se transparenta en el momento de acordar la locación y posteriormente en la instancia de la firma del contrato.
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