VISTO:
El Decreto 0984/20 por el cual la Provincia de Santa Fe adhirió, en cuanto fuera materia de su competencia, al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 754/20 del poder Ejecutivo Nacional, por el cual se establece hasta el día 11 de octubre de 2020 inclusive, el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio", y el Decreto Provincial 1010/20; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante los Decretos Provinciales Ns. 0259/20, 0264/20 y 0266/20, se desobliga a los agentes de la Administración Pública Provincial comprendidos en dichas normas administrativas del deber de asistencia al lugar de trabajo, lo cual continúa afectando directamente a ésta Repartición, ya que su planta de personal está disminuida notablemente, en virtud de la Declaración de Pandemia COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud;
Que oportunamente por Disposición Técnico Registral Conjunta N° 02/2020, se suspendieron los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 18 de marzo hasta las 24 horas del día 31 de marzo del corriente año, y que luego se prorrogó la suspensión de los plazos registrales por DTR Conjuntas Ns. 03/20, 04/20, 05/20, 06/20, 07/20, 08/20, 09/20, 10/20, 11/20, 12/20, 13/20, 15/20, 18/20, 19/20, 20/20, 21/20, 22/20 y 23/20 hasta las 24 horas del día 4 de octubre de 2020;
Que se estima conveniente proceder a la reapertura de la mesa de entrada de manera gradual limitando el ingreso de la documentación, dado el incremento de casos confirmados de coronavirus (COVID-19), a fin de evitar la concurrencia masiva de profesionales y gestores, y así contribuir a mantener el distanciamiento social necesario preservando la salud del personal y de los usuarios;
Que estas medidas afectan directamente a esta repartición de forma tal que se torna imposible la normalidad del ingreso y del curso de los plazos registrales que rigen a los distintos trámites;
Que ello se torna aplicable en ambas Circunscripciones del Registro de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia,
Por ello y lo establecido en dicha ley y Resolución, en el artículo 75 de la Ley Provincial N° 6435 y Decreto Nro. 0772/2018;
El SUB SECRETARIO DE REGISTRO SOBRE PERSONAS HUMANAS Y JURÍDICAS, LA DIRECTORA DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE y EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO
D I S P O N E N:
1.- Proceder a la apertura de las Mesas de Entradas de las sedes Santa fe y Rosario, como así también de los Nodos, el día 28 de septiembre en el horario de 7:30 horas a 12:30 horas, sólo para la presentación de certificados, informes, medidas cautelares, minutas de definitiva, de segundos testimonios y de inexactitudes registrales, y retiro de documentación por las Mesas de Entradas.
2.- Continuar con la tramitación online de solicitud y expedición de fotocopias, consultas en línea y búsquedas.
3.- No admitir la presentación de escrituras públicas ni de expedientes judiciales o administrativos para su inscripción.
4.- Realizar el ingreso de los usuarios en filas respetando el mínimo de 2 metros de distancia entre personas, con el control de acceso correspondiente y de las medidas establecidas por la autoridad sanitaria.
5.- Establecer como máximo el ingreso diario de 5 trámites por profesional.
6.- Habilitar una boca exclusiva de presentación para gestores, con el límite diario de 5 documentos por profesional y por hasta 5 profesionales.
7.- Continuar con el sistema de consultas a través de los siguientes correos electrónicos para Santa Fe: 1) consultasf-registraciones@santafe.gob.ar 2) consultasf-certificaciones@santafe.gob.ar 3) consultasf-anotaespeciales@santafe.gob.ar, para Rosario: 1) consultaros-registraciones@santafe.gob.ar 2) consultaros-certificaciones@santafe.gob.ar 3) consultaros-anotaespeciales@santafe.gob.ar; y con la habilitación en el horario de trabajo para el Registro de Santa Fe de los números telefónicos: 342-5496407 y 342-5675059 y de Rosario el 341-5551711.
8.- Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, al Poder Judicial, hágase conocer al público en general, y archívese.
FIRMADO:
Dr. Francisco Dallo, Sub Secretario de Registros sobre Personas Humanas y Jurídicas
Dra. M. Graciela Gimenez, Directora General Santa Fe
Dr. Miguel Luvera, Director General Rosario
OTRAS NOVEDADES