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Blanqueo para comprar propiedades: como invertir en departamentos en construcción

05/09/2022
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La prórroga de la vigencia de la ley de blanqueo de capitales para la construcción que se reglamentó esta semana, incentivará las inversiones en nuevos proyectos y servirá de motor para la reactivación del aparato productivo y de la economía real.

Un estudio realizado en Rosario relevó que la construcción de 10.000 metros cuadrados de vivienda colectiva (4 edificios de 2500 m2 cada uno) generan 2098 puestos de trabajo. La posibilidad de que los excedentes generados en la región queden en la ciudad es uno de los principales beneficios de esta normativa para toda la economía. Estos datos fueron aportados por un relevamiento realizado en 2021 por el Instituto de Investigaciones Económicas (IIE) de la Universidad Nacional de Rosario, quien además informó que por cada peso invertido en la construcción privada y de vivienda, vuelven $2,2 a la economía local. Dicha suba generaría además unos 2.098 ocupados (la mitad en el sector de la construcción y el resto en sectores vinculados) y una incremento en la recaudación fiscal de 697.9 millones (sólo de impuestos indirectos) y unos $6.000 millones a la actividad económica local. 
Es por ello que la reglamentación del nuevo blanqueo tiene un factor preponderante no solamente para la actividad inmobiliaria sino también para la economía de la ciudad.El Gobierno nacional reglamentó esta semana la Ley 27.679 de blanqueo de capitales destinados a la construcción en obras nuevas o con un avance no mayor al 50%. La reglamentación se realizó a través del Decreto 556/2022 publicado en el Boletín Oficial.

Además, el decreto determinó que el impuesto especial que establece la ley deberá determinarse sobre el valor de la tenencia que se declare, expresada en moneda nacional al momento de ingreso a una cuenta especial. En base al esquema determinado por la reglamentación, para los bienes ingresados desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y hasta un plazo de 90 días corridos, la alícuota que deberán tributar será del 5%. 

los bienes ingresados desde el día siguiente de vencido primer plazo y hasta transcurrido otros 90 días, la tasa será del 10%. Luego, los declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido 180 días corridos, abonarán una alícuota del 20%.

Los fondos que se declaren deberán afectarse, únicamente, al desarrollo o la inversión, en proyectos inmobiliarios dentro del país, como obras privadas nuevas (vivienda) que comiencen a partir de la entrada en vigencia de la ley conforme con los códigos urbanos de edificación vigente. 

Por otra parte, los fondos depositados en la cuenta especial no podrán afectarse al pago del impuesto especial que graba la presente ley. Las personas que efectúen la declaración voluntaria de sus tenencias de moneda extranjera o nacional en el país y en el exterior, no podrán acceder a la exención del impuesto sobre los Bienes Personales, ni podrán computar como pago a cuenta de ese impuesto el equivalente al 1% del valor de las inversiones, como tampoco gozarán del diferimiento del pago del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas ni de Ganancias.

Para el caso en que lo que se exteriorice sea  moneda extranjera blanqueada debe convertirse a pesos al tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina del día en que se depositen los fondos en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar).

La importancia del sector construcción, va más allá de su participación en la estructura productiva. Por tratarse de un sector con fuertes encadenamientos productivos hacia atrás y hacia delante y un uso intensivo de mano de obra es considerado en la literatura económica como indicador del ciclo económico regional.

Además, una mayor inversión en construcción impacta sobre la actividad económica en general a través de otro efecto indirecto: el consumo inducido gracias a los mayores ingresos laborales que realizan los trabajadores involucrados en las obras generadas por el incremento de la inversión. Así también hay que tener presente el potencial que genera en la recaudación fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuestos sobre los Ingresos Brutos (ISIB), y del Derecho de Registro e Inspección (DREI) que tendría dicha inversión privada en nueva vivienda. Así también, ayuda a resolver el grave déficit habitacional que padece nuestro país.  

CI Diego Ferreyra - Departamento de Comunicaciòn COCIR.-

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