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Renovación automática - MIPYME

11/06/2020

Emergencia Sanitaria - Covid-19

Se establece, con carácter de excepción, que los procesos previstos en los artículos 1, 2 y 4 de
la resolución general conjunta 4642 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la ex
Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, para la renovación automática de
los “Certificados MiPyME” emitidos en el marco de lo dispuesto por la resolución 220 del 12 de abril
de 2019 (ex SEPyME) y sus modificatorias, de aquellas empresas cuyos cierres de ejercicios fiscales
operaron en los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, se efectuarán en el mes de junio de
2020.
A tal efecto, la información correspondiente a los campos del Formulario 1272 denominado
“PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios”, será puesta a disposición de las empresas
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, para su verificación hasta el día 20 de junio de
2020, inclusive.
VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 10/6/2020
Aplicación: a partir del 10/6/2020

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