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RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4744

29/06/2020

Emergencia Sanitaria - Covid-19

Se prorroga al 31/7/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.
Recordamos que con la presente medida las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo I pueden acceder hasta un máximo de 10 planes de facilidades de pago y el resto de contribuyentes pueden acceder hasta un máximo de 6 planes de pago.
Vigencia: 27/6/2020
Aplicación: a partir del 27/6/2020

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