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Registro de Personas Humanas y Jurídicas

29/06/2020

Emergencia Sanitaria - Covid-19

DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 14
Santa Fe, 25 de Junio de 2020.-

VISTO: La necesidad de establecer nuevos montos respectos al valor de la tasa Ley Convenio 8994;

CONSIDERANDO: Que corresponde dejar sin efecto desde la fecha de entrada en vigencia de los nuevos valores la Disposición Conjunta N.º 19/2019 que fijaron las tasas actualmente en uso;

Por ello y de conformidad a lo normado en los artículos 75, 76 inc. 6° y concordantes de la Ley Provincial N° 6435, y la la Ley Nacional Nº 17.801:

EL SUBSECRETARIO DE REGISTRO SOBRE PERSONAS HUMANAS Y JURIDICAS, LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO
D I S P O N E N

1- Implementar desde el día 01 de Julio de 2020 los nuevos valores de la Tasa Ley 8994, que constan en el anexo 1.
2.- Dejar sin efecto desde el día 01 de Julio del 2020 la Disposición Conjunta N.º 19 del 2019.
3.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-
FIRMADO:
Dr. Francisco Gabriel Dallo, Sub Secretario de Registros sobre Personas Humanas y Jurídica
Dra. M. Graciela Gimenez, Directora General Santa Fe
Dr. Miguel Luvera, Director General Rosario

TASAS LEY 8994 – VIGENCIA DESDE EL 01/07/2020

1.- INSCRIPCIÓN O ANOTACIÓN DE DOCUMENTOS RELATIVOS A:
1.1.El dominio u otros derechos reales, por cada inmueble o unidad
de propiedad horizontal. $270,00
1.2.Declaratorias de herederos, medidas cautelares, derecho y acciones hereditarios, promesas de venta, por cada inscripción $270,00
1.3. Transformación en definitiva de inscripciones o anotaciones provisionales,
por cada inscripción. $270,00
1.4. Casos especiales:
1.4.1. Reglamento de Copropiedad y Administración:
(Propiedad Horizontal y Prehorizontalidad) $550,00
1.4.2. Además del rubro 1.4.1., por cada unidad $270,00
1.4.3. Pagarés o Letras Hipotecarias (por cada uno) $180,00
1.4.4. Otros trámites de inscripción o anotación no previstos en los
rubros precedentes $270,00
1.4.5. Subdivisión de inmuebles. En caso de subdivisión de un inmueble
por plano de subdivisión o loteo; por anotación del plano $160,00
1.4.6. Por cada lote, además $120,00
1.5. Otros trámites no previstos expresamente $270,00
1.6. Escrituras sin certificado, con certificado vencido o inscripción fuera de término,
además de la tasa fijada para cada supuesto y por inmueble (este servicio
se presta solo en el Registro General Rosario. $1.050,00
2.- PUBLICIDAD REGISTRAL:
2.1. Certificados (con reserva de prioridad) o informes completos o parciales
(comprende dominio de 1 inmueble ya sea en tomo y folio o en matrícula
de folio real ) e Informe de Libre Inhibición (Form. 401- Sólo RG Santa Fe) $180,00
2.1.2.Informe de Libre Inhibición (Form. 401- Sólo RG Santa Fe) $120,00
2.1.3. Minutas de cualquier tipo y otros trámites no previstos expresamente
(por inmueble) $160,00
2.1.4. Certificado de subsitencia de Declaratoria $160,00
2.2. Consulta de documentación registral por fotocopiado:
2.2.1. Por cada solicitud que incluye hasta 10 carillas. $190,00
2.2.2. Autenticadas (incluye 1 asiento de hasta 10 carillas y serán $270,00
expedidas a los 5 días hábiles siguientes al de su presentación).
2.2.3. Por cada carilla que exceda (rubros 2.4.1. y 2.4.2.) $50,00
2.3. Solicitudes de búsqueda (por persona y hasta 5 inmuebles
o por inmueble si se solicita por partida de impuesto inmobiliario)
Las solicitudes serán expedidas dentro de los 3 días hábiles a partir del
siguiente al de su presentación. $820,00
2.4. Consulta a través del Sistema Informático Registral. Se exceptúa la
consulta de resumen de sesión y estado de cuenta. $50,00
2.5. Búsqueda de oponibilidades (solo en RG Rosario) $260,00
2.6. Búsquedas por teleprocesamiento (por persona y hasta 5 inmuebles
o por inmueble si solicita por partida impuesto inmobiliario)
Se expedirán al día hábil siguiente al de su presentación $820,00

3.- TRÁMITES URGENTES:

3.1. Certificados e informes completos en las mismas condiciones establecidas en
el punto 2.1.- Las solicitudes serán expedidas: Santa Fe a los 3 días hábiles contados a partir del siguiente al de su presentación – y Certificados o informes parciales - Serán expedidos a los 3 días hábiles.
Cuando se solicite únicamente titularidad dominial a los 2 días hábiles en el Registro General
Santa Fe contados a partir del día siguiente al de su presentación- $1.320,00
3.2. Anulación de certificados (por cada inmueble).
Serán expedidas al día hábil siguiente al de su presentación $420,00
3.4. Consulta de documentación registral por fotocopiado:
Registro General Santa Fe
3.4.1. Trámite urgente. Se expedirán a las 48 hs de su presentación, incluye 1 asiento y hasta 10 carillas. $540,00
3.4.2.Autenticadas .Incluye 1 asiento y hasta 10 carillas. Serán expedidas a $420,00
los 3 días hábiles siguientes al de su presentación.
3.4.3 Autenticación en el día : 1 asiento y hasta 10 carillas. $760,00
3.4.4. Por cada carilla que exceda $50,00
Registro General Rosario:
3.4.5.Trámite urgente: se expedirán a las 48 hs de su presentación, $540,00
Conforme DTR 11/85,art.14 inc.1o incluye 1 asiento y hasta 10 carillas.
3.4.6.Autenticadas en el día. Incluye 1 asiento y hasta 10 carillas. $760,00
3.4.7. Por cada carilla que exceda $50,00
3.4.8 Autenticadas .Incluye 1 asiento y hasta 10 carillas. Serán expedidas a $420,00
los 3 días hábiles siguientes al de su presentación.
3.5. Consultas en línea (embargos, inhibiciones y/o hipotecas):
3.5.1. En el acto, recepcionadas hasta las 10 hs Por rubro y persona $420,00
3.5.2. Urgente, expedidas al día hábil siguiente al de su presentación
Por rubro y persona $260,00
3.6. Inscripciones y anotaciones:
3.6.1. Registración de documentos que constituyan, transmitan, declaren,
modifiquen o extingan derechos reales sobre inmuebles,
por inmueble. Las solicitudes se expedirán al tercer día hábil
siguiente al de su presentación.
(este servicio se presta solo en el Registro General Santa Fe)
Actualmente suspendido hasta nueva notificación del Registro $1.320,00
3.6.2.Inscripción y/o anotación de documentos relativos a Declaratoria
de Herederos. Bien de Familia, Cesión de Derechos y Acciones
Hereditarios, Promesas de Venta y Ley 24374. Las solicitudes se
expedirán al día hábil siguiente al de su presentación. $1.320,00
3.6.3. Minutas para la conversión en definitiva de inscripciones o anotaciones
provisionales u otras minutas, por inscripción. Las solicitudes se
expedirán al tercer día hábil siguiente al de su presentación. $530,00
3.6.4.Anotación y Levantamiento de Inhibiciones
(Solo se presta en el RG Santa Fe) $1.320,00
3.6.5. Otros trámites no previstos y reglamentados por la Dirección General $1.320,00
3.7. Minutas de rectificación de errores registrales no imputables al Registro.
Las solicitudes serán expedidas al cuarto día hábil siguiente al de
su presentación $530,00
3.8 Prórrogas extraordinarias o desistimiento de inscripciones o
anotaciones provisionales (por cada inmueble, unidad de
propiedad horizontal o anotación especial).Las solicitudes serán
expedidas al cuarto día hábil siguiente al de su presentación $1.320,00
3.9. Colocación de nota de toma de razón en segundos o ulteriores
testimonios. Por cada uno $530,00
3.10. Inscripción de Declaratoria de Herederos además de los $490 del ítem 3.6.2
con constancia marginal en el dominio del causante, por cada inmueble.
(Este servicio se presta solo en el RG Rosario) $530,00

4.- TRÁMITES ESPECIALES:
4.1 Recursos Registrales $770,00
4.2. Prórrogas extraordinarias o desistimiento de inscripciones o anotaciones
provisionales (por cada inmueble, unidad de propiedad horizontal o
anotación especial) $420,00
4.3. Rubricación de libros. $360,00
4.4. Autenticación de firmas de particulares $260,00
4.5. Colocación de nota de toma de razón en segundos o ulteriores
testimonios, por cada uno $270,00
4.6. Certificación de documentos para trámites ante el Registro General $270,00
4.7. Provisión de formularios (hasta 6). $160,00
Registro General Santa Fe
4.8. Inscripción de nuevos gestores $1.320,00

Observaciones: Todos los trámites “Urgentes” o “En el día” se expedirán a partir de las 11 hs. del día correspondiente.

DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL













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