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Materia Laboral

11/06/2020

Emergencia Sanitaria - Covid-19

Se prorroga por el plazo de 180 días, a partir del 10 de junio, la emergencia pública en materia
ocupacional declarada por el decreto 34/2019, y en consecuencia el trabajador despedido sin justa
causa tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización conforme a la legislación laboral.
El presente decreto no será aplicable a:
1. las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del decreto 34/2019
(13/12/2019).
2. al Sector Público Nacional definido en el artículo 8 de la ley 24156 y sus modificatorias, con
independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos,
sociedades, empresas o entidades que lo integran.

VIGENCIA Y APLICACIÓN
Vigencia: 10/6/2020
Aplicación: desde el 10/6/2020

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